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Los cambios más importantes de la nueva Ley de Alquileres

Desde diciembre, la nueva ley establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios y el coeficiente de “Casa Propia” como índice para determinar los aumentos.

La nueva Ley de Alquileres que se aprobó en la madrugada de este miércoles mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, contrariamente a la normativa que estaba vigente que permite hasta una sola actualización por año del valor del alquiler.

En tanto, se establece como índice para la actualización del precio el coeficiente de “Casa Propia” utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El mismo estará “conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina”.

Además, el texto de la norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.

Se calcula que la nueva ley comenzará a regir desde el 1 de diciembre, ya que para que la reforma aprobada entre en vigencia formalmente, es necesario publicarla en el Boletín Oficial, un proceso que podría tomar alrededor de 40 días. Hasta que esto ocurra, los contratos seguirán siendo de tres años y se ajustarán anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL).

También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

Por otra parte, se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

En tanto, quedó plasmado otro beneficio según el cual “las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

Fuente: Google.

La nueva Ley de Alquileres en detalles

Mantenimiento de contratos por tres años.

Ajustes semestrales en lugar de anuales.

Aplicación del índice Casa Propia, que considera el menor índice entre la variación salarial y la inflación del último año. Actualmente, se utiliza el Índice de Contratos de Locación (ICL) del Banco Central.

Contratos en moneda nacional.

Incentivos impositivos para propietarios que alquilen sus viviendas.

No publicar avisos en dólares.

La ley vigente establece que los inquilinos pueden realizar pagos adelantados de hasta un mes de alquiler.

Fuente: Diario Uno.

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