¿Qué pasará si se extiende el congelamiento de alquileres?
Corredores Inmobiliarios se manifiestas preocupados por la medida en caso de que el Gobierno nacional dilate la medida.

Muchos son los corredores inmobiliarios que se muestran preocupados ante la posible extensión en el congelamiento de alquileres y sostienen que los efectos del decreto de necesidad y urgencia pueden ser perjudicial para el sector, pese a que ya rige una nueva ley de Alquileres.
“En su momento el mencionado DNU resultó oportuno y paliativo para una crisis mundial sin precedentes, siempre basada en su aplicación temporal y teniendo como espíritu rector el esfuerzo compartido de las partes para superar una etapa de gran incertidumbre, ante un factor nuevo e imprevisible que había que superar, pero que a la postre ha quedado evidente que necesita, más que ser superado, de una ordenada transición, atento que desconocemos el tiempo, cada vez más extenso, que está necesitando este virus para ser combatido y derrotado, resultando a las claras que las medidas que se tomen no pueden seguir siendo de naturaleza transitoria sino que deben apuntar a regular en un estado de normalidad hoy denominado “la nueva normalidad” que aunque resulte dificultoso incorporar como nueva forma de vida, es nuestra obligación sobreponernos y continuar trabajando y vinculando nuestras relaciones de la forma más ordenada, justa, equitativa y pacífica posible”, señala el un documento que el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Misiones presentó recientemente.
La Federación Inmobiliaria de la República Argentina ha obtenido un relevamiento estadístico entre sus Corredores Inmobiliarios Matriculados, del que surge que durante julio de 2020, sólo en los casos de recorte de ingresos o cierre de sus negocios, se presentaba la necesidad de postergar, repactar o diferir el pago de sus alquileres (el 8,5% en los alquileres habitacionales y el 23,2% en los alquileres comerciales) o de resolver los contratos (el 1,8% en los alquileres habitacionales y el 4,9% en los alquileres comerciales).
Si bien, el sector reconoce la facultad del Ejecutivo para dictar las normas en plena pandemia, consideran que “continuar ampliando indefinidamente medidas extraordinarias no traerá solución a la nueva forma de vivir de los argentinos y por el contrario, solo generará más disconformidad de los que consideren vulnerados sus derechos”.

Por otra parte, las medidas tendientes a limitar la libertad de contratación de partes, que, en materia inmobiliaria (las partes) son casi tantas como relaciones contractuales existen, así como la crisis económica que lleva años en el país, han desalentado a los inversores, constructores y compradores de inmuebles para destinar a la locación de viviendas; Incitando otro tipo de inversión más especulativa que perjudica aún más la necesidad habitacional. Es así que en solo un mes, el 19,1% de inmuebles en oferta incrementaron su valor y se retiró de oferta el 1,5% de inmuebles para vivienda.
A todo ello habrá que sumar (independientemente del gran número de contrataciones directas entre propietarios e inquilinos) el grave problema que aqueja al sector inmobiliario, que se encuentra invadido de operadores irregulares ejerciendo ilegalmente el corretaje inmobiliario, ajenos al control que los Colegios Profesionales ejercen por delegación del estado, los que deben recurrir a lentas instancias judiciales para su sanción y/o clausura, lo que en caso de reverse permitiría un mejor control de la informalidad, evitaría los casos puntuales de abusos que pudieren existir y aseguraría que en el mercado solo intermedien los Corredores Inmobiliarios debidamente matriculados y habilitados, que la misma ley 27.551 reconoce y exige.

“Por ello, consideramos que resulta más conveniente en los contratos en curso y la prórrogas originadas hasta el 30 de septiembre de 2020, para su normal continuidad, no desatender el comportamiento propio del mercado, la economía inflacionaria y la desvalorización de la moneda y permitir a los contratantes regular sus compromisos acorde a derecho, debiendo organizarse el mecanismo de mediación previsto por la Ley 27.551 para los casos que así lo requieran. Donde no hay acuerdo y diálogo, no hay solución. El esfuerzo debe ser de todos. Nuestro esfuerzo y compromiso está asegurado en procura de una mejor labor profesional”, concluyen.
SEGUINOS EN NUESTRAS REDES