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Ley de Alquileres: así funciona el índice elegido por las inmobiliarias

Los propietarios e inquilinos optaron por una nueva fórmula de actualización para los acuerdos locatarios.

Tras la derogación de la Ley de Alquileres, los propietarios e inquilinos no tienen restricciones a la hora de definir cuál será la fórmula o los plazos de actualización. Sin embargo, en el correr de los meses, hay ciertos índices que fueron los más elegidos en los contratos.

La nueva normativa comenzó a regir en enero de 2024, tras la publicación del DNU que firmó el presidente Javier Milei, por lo que en abril se verán registrados los primeros aumentos bajo la reglamentación.

¿Cuál es el índice de actualización para los nuevos contratos de alquiler?

Según los relevamientos realizados por el Consejo Federal de Colegios Inmobiliarios de Argentina (Cofeci) y la Federación Inmobiliaria de la República Argentina (Fira), creció un 60% la oferta de alquileres tras la derogación de la ley.

A pesar de que los propietarios e inquilinos hoy pueden elegir libremente el índice a partir del cual se fijaran los aumentos, la gran mayoría de los contratos optaron por sostener la fórmula pactada en la vieja reglamentación.

En los dos relevamientos, se registró un 52% de los contratos de vivienda se basaron en el Índice de Contratos de Locación (ICL). Mientras que según Fira, el 36,3% utilizó una actualización por inflación y solo el 2% el índice de Casa Propia.

Fuente: Google.

¿Cómo se calculan los aumentos sin la Ley de Alquileres?

Tanto si se toma como base para el aumento el porcentaje de inflación (IPC) o el Índice de Contratos de Locación (ICL), ambos son publicados por el Indec y el Banco Central a mediados del mes. Por lo que deberán esperar a esa fecha para conocer el dato exacto de actualización.

Las personas que firmaron sus contratos de alquiler entre julio de 2020 y el 17 de octubre de 2023 tendrán un ajuste de 197,7% en abril. El porcentaje se calcula a partir del Índice de Contratos de Locación (ICL), que combina la evolución de la inflación (IPC) y los salarios (RIPTE).

Fuente: El cronista.

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