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Ley Bases: ¿qué pasó con alquileres, créditos hipotecarios y Bienes Personales?

Luego de que el Senado tratara la Ley Bases y el paquete fiscal, se aprobaron y rechazaron algunas medidas que involucran a alquileres, créditos hipotecarios, impuestos y bienes personales

Durante el miércoles se trataron en el Senado la Ley Bases y el paquete fiscal y se rechazaron algunas medidas que llevarán a que más personas paguen Bienes Personales, además de que se eliminó la posible actualización del monto de deducción de intereses por créditos hipotecarios, que aliviaría a quienes solicitaron un préstamo y pagan el impuesto a las ganancias. De todas formas, se aprobó un cambio en cuanto al monotributo que representa ventajas para quienes ofrecen viviendas en alquiler.

Los cambios a partir de la Ley Bases y el paquete fiscal

1) En el mercado de los alquileres

Entre los cambios tratados en el paquete fiscal, hay un posible beneficio para monotributistas que son propietarios y ofrecen su inmueble en alquiler. Dado que en el paquete fiscal el máximo de facturación para el monotributo subió a $68 millones (anuales), quien antes quedaba fuera del monotributo (ya que la facturación del alquiler hacía que superara el tope) podrán mantenerse en el régimen del monotributo y tener un costo menor en el régimen general.

Si el propietario es monotributista, el alquiler queda exento del IVA, más allá del destino que le dé el locatario. En caso de que el propietario sea responsable inscripto, el alquiler está exento del IVA si el inmueble se destina a casa habitación del inquilino y su familia (es decir, que el locatario utiliza el inmueble para habitar con su familia), pero debe pagar el IVA si no encuadra en esa situación.

Fuente: Google.

2) En los créditos hipotecarios e impuesto a las ganancias

Dentro del paquete fiscal a tratar existía una medida relativa a impuestos que, para algunos especialistas, podía implicar un cierto alivio para los tomadores de los créditos hipotecarios e incentivaría a que más personas se animen a solicitarlos: se actualizaría el monto de la deducción de intereses por créditos hipotecarios del impuesto a las ganancias.

En otras palabras, así como se deducen de Ganancias conceptos como alquileres, seguro médico, donaciones -si se aprobaba esta medida del paquete fiscal, que se trató ayer junto con la Ley Bases- también se podrían deducir los intereses que se paguen por los créditos hipotecarios (que se hubieran otorgado por la compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente) por un monto máximo que hasta la fecha era de $20.000 y en este proyecto hubiera ascendido a $3.091.035 (un importe equivalente a la deducción por Ganancia No Imponible, una de las deducciones personales permitidas en el impuesto a las ganancias).

Dado que esta medida se introdujo en Senadores y fue rechazada, ya no se podrá incorporar en Diputados.

3) En Bienes personales

Entre algunas de las medidas rechazadas se encuentra la propuesta de Bienes Personales. El Senado no avanzó con la actualización del mínimo no imponible de Bienes Personales (el piso a partir del cual se paga ese impuesto) que elevaba de $27.377.408,28 a $100 millones el impuesto de Bienes Personales general y actualizaba el piso de ese tributo relativo a inmuebles destinados a casa habitación de $136.887.041,42 a $350 millones.

Además, las alícuotas que se aplican una vez que se supera el mínimo no imponible (la tabla del impuesto con las diferentes escalas) son actualmente por bienes en el país hasta 1,75% y por bienes en el exterior hasta 2,25%: el proyecto eliminaba la discriminación entre bienes en el país y bienes en el exterior, y modificaba los tramos de las escalas disminuyéndolas.

El proyecto rechazado también planteaba la posibilidad de hacer un pago anticipado del impuesto de bienes personales (para los bienes que ya estaban declarados), en el que se podría hacer un pago unificado que saldara el impuesto por cinco años (los períodos 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027) que era el 2,25%. En el caso de bienes blanqueados, se proponía otro esquema de pago anticipado que era de cuatro años, en definitiva, era el 2%. Esto fue llamado Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales y se planteaba como opcional.

De todas formas, como se mencionó antes, el Senado no avanzó con estas medidas. En adelante, dado que no fue rechazado con 2/3 de los votos, Diputados (con una mayoría simple de la mitad más uno) puede insistir con su proyecto original. De esta manera, podría incorporar otra vez lo que había sancionado de Bienes Personales.

“Los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del impuesto quedaron desactualizados por el efecto de la inflación que ha habido”, señala el tributarista Sebastián Domínguez, y agrega: “Esto llevará a que más personas paguen impuestos sobre los Bienes Personales, quizás teniendo (en valor constante) un mismo monto de bienes actualizado”.

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