El IPV extiende beneficios para cancelar créditos de vivienda
La medida permite acceder a descuentos para cancelar deudas habitacionales y estará vigente hasta agosto de 2027
El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) extendió hasta agosto de 2027 los beneficios previstos por la Ley 9571 para la cancelación de créditos, viviendas y otras soluciones habitacionales.

La medida apunta principalmente a quienes tienen deudas antiguas y saldos bajos que, por diferencias en las fechas registradas en los sistemas del organismo, habían quedado fuera de los beneficios.
Uno de los principales mecanismos contempla un 60% de descuento para créditos cuyo saldo de capital más mora sea de hasta el equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), siempre que la deuda se cancele en un solo pago y en moneda de curso legal.

Qué cambia para los beneficiarios
A partir de la nueva resolución, el IPV podrá considerar distintas fechas para determinar el inicio del recupero de un crédito: el comienzo del crédito original, la entrega de la vivienda o la adjudicación.
Para cada caso se tomará la fecha que resulte más favorable para el adjudicatario. El cambio busca incluir a personas que, por el bajo monto de su deuda, podrían acceder a la cancelación pero habían quedado excluidas por la fecha asociada a su plan de pago.
Además, la normativa contempla la posibilidad de dar por cancelados determinados créditos y viviendas cuyo recupero haya comenzado hasta el 30 de noviembre de 2017 y cuyo saldo sea igual o menor al 30% del SMVM actualizado.
El objetivo del IPV es depurar la cartera de créditos antiguos, especialmente aquellas deudas de bajo monto cuyo cobro no tuvo resultados y que generan trámites administrativos.

Con la extensión, quienes tengan créditos o viviendas alcanzados por la Ley 9571 contarán con un año más para analizar si pueden acceder a alguno de los beneficios de cancelación.
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